
Exfuncionarios de la PDI son condenados a 15 años de cárcel por tráfico de drogas en el aeropuerto de Santiago
El Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a los exfuncionarios de la Policía de Investigaciones (PDI) Camilo Andrés Pastor Cárdenas y Cristian Andrés Acevedo Bórquez a 15 años y un día de presidio efectivo, como autores del delito consumado de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, cometido en octubre de 2023 en el Aeropuerto Arturo Merino Benítez, en Pudahuel.
En fallo unánime, el tribunal también impuso a ambos exdetectives la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos y oficios públicos y para ejercer sus derechos políticos, además de la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena. A ello se sumó una multa de 10 UTM para cada uno.
Según estableció el tribunal, Pastor Cárdenas y Acevedo Bórquez utilizaron sus funciones y los accesos exclusivos que tenían como funcionarios de la PDI en el aeropuerto para participar en una operación internacional de drogas.
La operación
Los hechos acreditados se remontan al 14 de octubre de 2023, cuando Fabián Enrique Méndez Jara ingresó a Chile por el Aeropuerto Arturo Merino Benítez en un vuelo procedente de España. De acuerdo con el fallo, llevaba en su equipaje tres paquetes rectangulares que contenían 20.154 comprimidos de MDMA.
La investigación estableció que Méndez Jara había viajado a España el 29 de septiembre de ese año y que, durante ese viaje, habría exportado cerca de nueve kilos de presunta cocaína utilizando el mismo aeropuerto.
El tribunal determinó que Pastor Cárdenas y Acevedo Bórquez participaron previamente en esa operación aprovechando sus credenciales y autorizaciones como detectives. Pastor Cárdenas habría llegado al aeropuerto fuera de su horario laboral portando un bolso con cerca de nueve kilos de presunta cocaína.
Posteriormente, se dirigió hasta el sector de ingreso de funcionarios de la PDI, donde Acevedo Bórquez, quien se encontraba en la guardia de la Brigada Antinarcótico Aeropuerto, facilitó su ingreso y desplazamiento por sectores de acceso restringido.
Ambos avanzaron hasta la zona de embarque, donde se encontraba Méndez Jara. Según el fallo, este último recibió la droga en un baño del recinto y posteriormente la trasladó a España.
La operación contemplaba, de acuerdo con los antecedentes acreditados por el tribunal, el intercambio de esa sustancia por los 20.154 comprimidos de MDMA que Méndez Jara ingresó posteriormente a Chile, en una operación coordinada con Stefanno Giovanni Andreotti Parada.
Otros dos condenados
Por estos hechos, el tribunal también condenó a Méndez Jara a tres años y un día de presidio como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes, además de las respectivas penas accesorias y una multa de 10 UTM.
Sin embargo, al cumplirse los requisitos establecidos en la Ley 18.216, el tribunal sustituyó el cumplimiento de la pena por la libertad vigilada intensiva durante el mismo período. Para ello, deberá presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Gendarmería correspondiente a su domicilio y cumplir un plan de intervención individual y las condiciones fijadas por la legislación.
Además, Méndez Jara deberá asistir a un programa de tratamiento de rehabilitación por consumo de alcohol y drogas por el período que determine la autoridad, con un máximo de tres años y un día.
En tanto, Stefanno Giovanni Andreotti Parada fue condenado a cuatro años de presidio efectivo, junto con las penas accesorias correspondientes y una multa de 10 UTM, también como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes.
Una vez que la sentencia quede ejecutoriada, el tribunal ordenó la toma de muestras biológicas de los cuatro condenados para determinar su huella genética e incorporarla al Registro Nacional de ADN.
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